Artículo 120. Los interesados en obtener licencia para la prestación de servicios de aprovechamiento vía caza deportiva, deberán presentar una solicitud en la que señalen únicamente el nombre, denominación o razón social del solicitante y nombre del representante legal.
A la solicitud se anexarán los siguientes documentos:
I. Copia del acta de nacimiento o carta de naturalización certificada en caso de personas físicas o copia del acta constitutiva en caso de personas morales;
II. Declaración bajo protesta de decir verdad en la que manifieste contar con la autorización del titular de la UMA o predio donde desarrollará sus actividades, y
III. Fotografía reciente a color, tamaño infantil de las personas físicas que llevarán a cabo la prestación del servicio.
La Secretaría resolverá las solicitudes de licencia de prestador de servicios dentro de los siguientes dieciocho días hábiles a la presentación de las solicitudes.
Las licencias de prestadores de servicios tendrán una vigencia de un año a partir de la fecha de expedición.