Lectura de artículo · Reg_LGVS

Artículo 96

REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre

Artículo 96

TÍTULO QUINTO - APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LA VIDA SILVESTRE · CAPÍTULO PRIMERO - Aprovechamiento Extractivo · Sección Primera - Disposiciones generales

Artículo 96. Los responsables de los predios en los que se maneje vida silvestre deberán rendir el informe anual previsto por el artículo 50 del presente Reglamento.

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