Artículo 70

Libro primero - Del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad · Título tercero - Del Programa y Normas Oficiales Mexicanas · Capítulo II - De las Normas Oficiales Mexicanas · Sección tercera - De la revisión sistemática

Artículo 70. Cuando las Normas Oficiales Mexicanas sujetas a revisión sistemática sean elaboradas de manera conjunta, las Autoridades Normalizadoras se deben coordinar para realizar el proceso de revisión sistemática en el ámbito de sus respectivas competencias.

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