Transitorios
ARTICULO PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Reglamento [Reg_LIEG]
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
ARTICULO PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Navegación jurídica
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
REGLAMENTO de la Ley de Información Estadística y Geográfica (Reg_LIEG)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.