Lectura de artículo · Reg_LISR

Artículo 115

REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Artículo 115

TÍTULO II - De las Personas Morales · CAPÍTULO VIII - De las Obligaciones de las Personas Morales

Artículo 115. Para efectos del artículo 76, fracción XVII de la Ley, los contribuyentes residentes en el país que tengan establecimientos en el extranjero, deberán llevar en dichos establecimientos cuando menos los libros de contabilidad y registros a que estén obligados los contribuyentes de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.

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