Buscar artículo o término en esta ley
Ley De Sociedades De Solidaridad Social (71_240418)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Ley De Sociedades De Solidaridad Social
Resumen de la ley
La Ley de Sociedades de Solidaridad Social regula organizaciones integradas por personas físicas mexicanas que aportan trabajo y destinan parte del producto de ese trabajo a un fondo de solidaridad social. Su finalidad es impulsar empleo, producción, educación, aprovechamiento racional de recursos naturales y prácticas de cooperación social.
La ley está dirigida especialmente a grupos rurales, trabajadores y comunidades productivas. Establece reglas de constitución, autorización, registro, derechos y obligaciones de socios, órganos de gobierno, patrimonio, fondo de solidaridad, supervisión administrativa, liquidación y federaciones de sociedades.
Lo esencial
Qué regula
Regula la creación y operación de sociedades de solidaridad social, su denominación, mínimo de socios, asamblea constitutiva, autorización por autoridad federal, registro, derechos y obligaciones de socios, órganos internos, patrimonio, fondo de solidaridad social y causas de revocación.
También regula la intervención de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano o de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, según la actividad de la sociedad, así como el procedimiento de liquidación y la posibilidad de organizar federaciones y confederaciones.
A quién aplica
Aplica a personas físicas mexicanas que integran sociedades de solidaridad social, especialmente ejidatarios, comuneros, campesinos sin tierra, parvifundistas y trabajadores. También aplica a los órganos internos de la sociedad, a federaciones y confederaciones, y a las autoridades federales que autorizan, registran y supervisan estas sociedades.
Materias principales
- Constitución de sociedades con patrimonio colectivo.
- Trabajo personal de los socios y aportaciones al fondo de solidaridad.
- Actividades productivas, comerciales, educativas y de conservación ecológica.
- Asamblea general, comité ejecutivo, comité financiero y comisiones.
- Derechos y obligaciones de socios.
- Uso del fondo de solidaridad social.
- Supervisión y revocación de autorización.
- Liquidación y destino del remanente.
- Federaciones y confederación nacional.
Derechos principales
- Los socios tienen derecho a voz y voto en la asamblea.
- Pueden recibir certificados que acrediten su calidad de socio.
- Pueden ocupar cargos dentro de los órganos sociales.
- Tienen derecho a participar en beneficios sociales derivados de la actividad y del fondo.
- Las sociedades pueden recibir apoyos, créditos y estímulos conforme a programas públicos aplicables.
- Pueden organizarse en federaciones y en una confederación nacional.
Aplicación práctica
Obligaciones principales
- Los socios deben aportar trabajo personal y cumplir los fines sociales.
- Deben realizar aportaciones al fondo de solidaridad en los términos acordados.
- Deben asistir a asambleas y cumplir acuerdos válidos.
- La sociedad debe mantener órganos internos de administración, vigilancia y educación.
- No debe utilizar trabajadores asalariados salvo casos ocasionales o especializados previstos por la ley.
- Debe permitir supervisión de la autoridad y conservar su patrimonio para fines sociales.
Trámites, procedimientos o acciones relacionadas
- Asamblea constitutiva y levantamiento del acta.
- Certificación de firmas.
- Solicitud de autorización ante la secretaría competente.
- Registro de la sociedad para adquirir personalidad jurídica.
- Convocatoria y celebración de asambleas.
- Integración de comités y comisiones internas.
- Supervisión y requerimientos de información por autoridad.
- Revocación de autorización y procedimiento de liquidación.
Sanciones o consecuencias
La consecuencia principal ante incumplimientos graves es la revocación de la autorización, por ejemplo cuando la sociedad se liquida, vence su duración, no puede cumplir su objeto, queda por debajo del mínimo de socios o viola gravemente la ley. La revocación conduce a la liquidación.
En liquidación, los activos y el fondo se aplican al pago de obligaciones y, si existe remanente, se destinan a una sociedad similar o a la asistencia pública. Los administradores o socios que incumplan pueden enfrentar responsabilidades conforme a otras leyes aplicables.
Definiciones importantes
- Sociedad de solidaridad social: persona moral formada por socios mexicanos con patrimonio colectivo y fines sociales/productivos.
- Fondo de solidaridad social: fondo formado con aportaciones de los socios y destinado a empleo, capacitación, vivienda, retiro, salud, educación y otros fines sociales.
- Socio: persona física mexicana que participa en la sociedad, aporta trabajo y cumple los fines sociales.
- Asamblea general: órgano supremo de decisión.
- Comité ejecutivo: órgano de administración y representación.
- Comité financiero y de vigilancia: órgano de control patrimonial y financiero.
- Revocación: acto de autoridad que extingue la autorización cuando se actualizan causas legales.
Explora a detalle
Artículos clave
- Artículo 1: define patrimonio colectivo y sujetos que integran la sociedad.
- Artículo 2: enumera objetivos sociales.
- Artículo 4: fija mínimo de cinco socios.
- Artículos 5 a 8: regulan constitución, autorización y registro.
- Artículos 10 y 11: derechos y obligaciones de socios.
- Artículo 14: limita el uso de trabajadores asalariados.
- Artículos 16 a 23: regulan asamblea y comité ejecutivo.
- Artículos 30 a 33: establecen patrimonio y fondo de solidaridad.
- Artículo 34: prevé facultades de supervisión y revocación.
- Artículos 38 a 41: regulan liquidación.
Mapa de temas
- Artículos 1 a 4: naturaleza, objetivos, denominación y mínimo de socios.
- Artículos 5 a 8: constitución, autorización, registro y personalidad jurídica.
- Artículos 9 a 15: derechos, obligaciones y pérdida de calidad de socio.
- Artículos 16 a 23: asamblea general, representantes y comité ejecutivo.
- Artículos 24 a 29: vigilancia financiera y comisión de educación.
- Artículos 30 a 33: patrimonio social y fondo de solidaridad.
- Artículos 34 a 37: facultades de las secretarías y apoyos públicos.
- Artículos 38 a 41: liquidación y destino de bienes.
- Artículos 42 y 43: federaciones y confederación.
Plazos importantes
- El acta constitutiva debe presentarse en cinco ejemplares para autorización.
- La convocatoria a asamblea general ordinaria debe hacerse con al menos 5 días de anticipación.
- Las asambleas deben celebrarse por lo menos dos veces al año.
- Las asambleas de línea específica de producción se convocan con al menos 3 días de anticipación.
- El comité ejecutivo dura 2 años en su encargo.
- En liquidación, la entrega de bienes y documentación debe realizarse dentro de 15 días hábiles posteriores al aviso o intervención correspondiente.
- La reforma publicada el 24 de abril de 2018 entró en vigor al día siguiente.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una sociedad de solidaridad social?
Es una sociedad formada por personas físicas mexicanas que aportan trabajo, integran un patrimonio colectivo y destinan parte de su producto a un fondo de solidaridad.
¿Cuántos socios se necesitan?
Se requieren al menos cinco socios para constituirla.
¿Puede contratar trabajadores asalariados?
En general no. La ley sólo permite trabajadores asalariados en casos ocasionales o para actividades especializadas.
¿Para qué sirve el fondo de solidaridad social?
Puede destinarse a empleo, capacitación, vivienda, retiro, incapacidad, servicios médicos, educación y otros fines sociales de los socios.
¿Qué autoridad autoriza estas sociedades?
Depende de la actividad: la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano interviene en industrias rurales y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en otros casos.
Índice de artículos
Ley De Sociedades De Solidaridad Social
43 artículos disponibles en 71_240418.
- Artículo 1o
- Artículo 2o
- Artículo 3o
- Artículo 4o
- Artículo 5o
- Artículo 6o
- Artículo 7o
- Artículo 8o
- Artículo 9o
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- Artículo 27
- Artículo 28
- Artículo 29
- Artículo 30
- Artículo 31
- Artículo 32
- Artículo 33
- Artículo 34
- Artículo 35
- Artículo 36
- Artículo 37
- Artículo 38
- Artículo 39
- Artículo 40
- Artículo 41
- Artículo 42
- Artículo 43
LEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 1976
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 24-04-2018