Ley [71_240418]

Artículo 11 de Ley De Sociedades De Solidaridad Social

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Ley De Sociedades De Solidaridad Social (71_240418)

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Artículo 11.- Son obligaciones de los socios:

    I- Aportar su trabajo personal para el cumplimiento de los fines de la sociedad;
    II- Realizar las aportaciones al fondo de solidaridad social que se determine en las asambleas específicas;
    III- Asistir a las asambleas a las que sean convocados;
    IV- Cumplir los acuerdos de las asambleas; y
    V- Acatar las disposiciones emanadas de las bases constitutivas de la declaración de principios, de los estatutos y de los reglamentos internos de la sociedad.
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