Artículo 22. Para efectos del artículo 19 de la Ley, cuando el monto original de la inversión actualizado sea mayor que el ingreso obtenido por la enajenación de los bienes a que se refiere dicho artículo, la diferencia será la pérdida que los contribuyentes podrán deducir en términos de la Ley.
Reglamento [Reg_LISR]
Artículo 22 de REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta
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TÍTULO II - De las Personas Morales · CAPÍTULO I - De los Ingresos
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