Lectura de artículo · Reg_LISR

Artículo 23

REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Artículo 23

TÍTULO II - De las Personas Morales · CAPÍTULO I - De los Ingresos

Artículo 23. Para determinar el monto original ajustado de las acciones en términos del artículo 22 de la Ley, los contribuyentes podrán adicionar al costo comprobado de adquisición, el monto de la diferencia a que se refiere el artículo 77, párrafo quinto de la Ley, que la persona moral emisora de las acciones hubiera determinado en ejercicios anteriores a la fecha en la que el contribuyente adquirió las acciones de que se trate, y que dicha persona moral disminuyó del saldo de la cuenta de utilidad fiscal neta generado durante el periodo comprendido desde el mes en el que el contribuyente adquirió dichas acciones y hasta el mes en el que las enajene.

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