Reglamento [Reg_LIVA]

Artículo 59 de REGLAMENTO de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

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Artículo 59

Capítulo VI - De la exportación de bienes y servicios · Sección I - De las disposiciones generales

Artículo 59. Para los efectos del artículo 29, fracción IV, inciso c) de la Ley, se considera que son exportados los servicios de publicidad, en la proporción en que dichos servicios sean aprovechados en el extranjero.

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