Artículo 59. Para los efectos del artículo 29, fracción IV, inciso c) de la Ley, se considera que son exportados los servicios de publicidad, en la proporción en que dichos servicios sean aprovechados en el extranjero.
Reglamento [Reg_LIVA]
Artículo 59 de REGLAMENTO de la Ley del Impuesto al Valor Agregado
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
Capítulo VI - De la exportación de bienes y servicios · Sección I - De las disposiciones generales
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (Reg_LIVA)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.