Reglamento [Reg_LIVA]

Artículo 60 de REGLAMENTO de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

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REGLAMENTO de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (Reg_LIVA)

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Artículo 60

Capítulo VI - De la exportación de bienes y servicios · Sección I - De las disposiciones generales

Artículo 60. Para efectos del artículo 29, segundo párrafo, fracción V de la Ley, quedan comprendidos en la transportación internacional de bienes, la que se efectúe por las vías marítima, férrea y por carretera cuando se inicie en el territorio nacional y concluya en el extranjero.

Artículo reformado DOF 25-09-2014

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