Reglamento [Reg_LNCM]

Artículo 403 de REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

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REGLAMENTO de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos (Reg_LNCM)

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Artículo 403

Título Tercero - De la Navegación · Capítulo III - Inspección de la Seguridad Marítima · Sección XVI - Prevención de la Contaminación Marina

Artículo 403.- Las Embarcaciones o Artefactos Navales que transporten Sustancias Nocivas Líquidas a granel, cumplirán con las disposiciones del Anexo II del MARPOL.

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