Título Tercero - De la Navegación · Capítulo III - Inspección de la Seguridad Marítima · Sección XVI - Prevención de la Contaminación Marina
Artículo 403.- Las Embarcaciones o Artefactos Navales que transporten Sustancias Nocivas Líquidas a granel, cumplirán con las disposiciones del Anexo II del MARPOL.