Reglamento [Reg_LOPGJDF]

Artículo 132 de REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

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REGLAMENTO de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (Reg_LOPGJDF)

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Artículo 132

TÍTULO NOVENO · CAPÍTULO ÚNICO - DEL CENTRO DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE CONFIANZA DE LA PROCURADURÍA

Artículo 132.- El Centro de Evaluación y Control de Confianza, en lo sucesivo el Centro, tiene por objeto la programación y la aplicación de las evaluaciones de control de confianza para la selección de los aspirantes a ingreso, así como para la permanencia, promoción y certificación del personal sustantivo de la Procuraduría, de conformidad con las normas aplicables.

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