Lectura de artículo · Reg_LOPSRM

Artículo 258

REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Artículo 258

TÍTULO TERCERO - DE LAS OBRAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA

Artículo 258.- El acuerdo de realización de trabajos por administración directa a que hace referencia el artículo 71 de la Ley deberá contener como mínimo lo siguiente:

  1. Descripción pormenorizada de los trabajos a ejecutar;
  2. Datos relativos a la autorización de la inversión respectiva;
  3. Importe total de los trabajos y, en su caso, los montos por ejercer en cada ejercicio;
  4. Plazo de ejecución de los trabajos determinado en días naturales, indicando la fecha de inicio y conclusión de los mismos;
  5. Identificación de las áreas y servidores públicos responsables de la autorización y ejecución de los trabajos;
  6. Los proyectos de ingeniería y arquitectura u otros requeridos;
  7. Las y especificaciones de construcción;
  8. Los programas de ejecución de los trabajos y de suministro o utilización de los insumos;
  9. Lugar y fecha de su firma, y
  10. Nombre y firma del servidor público que emite el acuerdo.
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