Reglamento [Reg_LPEAM]

Artículo 55 de REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano (Reg_LPEAM)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 55

TÍTULO TERCERO - PROCEDIMIENTOS · Capítulo III - De la Identificación

Artículo 55.- El procedimiento de Identificación debe incluir la participación de la AFAC mediante la declaratoria de Alertamiento aéreo que realice el Centro, a través del Personal Técnico de Operaciones de Vigilancia Aérea, a efecto de que se ejecuten las acciones administrativas que correspondan.

Ver artículo Markdown