Reglamento [Reg_LPO]

Artículo 12 de REGLAMENTO de la Ley de Productos Orgánicos

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REGLAMENTO de la Ley de Productos Orgánicos (Reg_LPO)

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Artículo 12

CAPÍTULO IV - DE LA CERTIFICACIÓN ORGÁNICA

Artículo 12.- La certificación de los procesos de producción podrá realizarse directamente por la Secretaría, o a través de organismos de certificación autorizados por la misma.

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