Reglamento [Reg_LSEM]

Artículo 18 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

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REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (Reg_LSEM)

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Artículo 18

TÍTULO TERCERO · CAPÍTULO I - De la Organización de las Representaciones de México en el Exterior

ARTÍCULO 18.- Para las acreditaciones de los servidores públicos de la rama diplomático-consular en las Representaciones Consulares, e independientemente de su rango en el escalafón, se deberá observar lo siguiente:

CARGO

ACREDITACIÓN

I. Titular de Consulado General.

Cónsul General;

II. Segundo funcionario en el Consulado General.

Cónsul Adscrito;

III. Titular de Consulado.

Cónsul Titular;

IV. Segundo funcionario en el Consulado.

Cónsul Adscrito, y

V. El resto de los servidores públicos. Cónsul.

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