Reglamento [Reg_LSEM]

Artículo 58 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

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REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (Reg_LSEM)

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Artículo 58

TÍTULO CUARTO - Del Ingreso, Escalafón, Antigüedad y Ascensos · CAPÍTULO IV - De las Causales de Baja y sus Excepciones

ARTÍCULO 58.- Con independencia del grado de cumplimiento de las metas de desarrollo profesional establecidas en la evaluación a la que se refieren los artículos 40 y 40-Bis de la Ley, se considerará como insatisfactorio el desempeño del personal que incurra en una o más de las siguientes conductas:

I. Bajo rendimiento continuo respecto de las funciones y tareas que se le encomiendan;

II. Desconocimiento manifiesto del evaluado sobre las funciones que está llamado a desempeñar;

III. Comportamiento negligente reiterado;

IV. Desacato continuo de instrucciones giradas por un superior jerárquico;

V. Conducta poco diligente e indisciplinada, y

VI. No alcance los objetivos mínimos establecidos en el programa de trabajo anual de la unidad administrativa o representación en la que esté adscrito.

Artículo reformado DOF 02-11-2018

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