TÍTULO QUINTO - DE LA PLANEACIÓN Y CONTROL DEL SECTOR HIDROCARBUROS · Capítulo I - De la Planeación del Sector Hidrocarburos
Artículo 249. Por lo que hace a lo establecido en el Título Primero, Capítulo II de la Ley, se debe estar a lo previsto en la Ley de Planeación y Transición Energética y su reglamento, en este reglamento y demás Normatividad en la materia que al efecto emita la Secretaría.