TÍTULO QUINTO - DE LA PLANEACIÓN Y CONTROL DEL SECTOR HIDROCARBUROS · Capítulo I - De la Planeación del Sector Hidrocarburos
Artículo 250. La Secretaría y la Comisión para el otorgamiento de Asignaciones, Contratos, permisos y autorizaciones, en el ámbito de sus competencias, deben considerar lo establecido en los instrumentos de planeación del sector energético aplicables y el cumplimiento de las disposiciones administrativas de carácter general para la planeación vinculante que expida la Secretaría.