CAPITULO XIII - De las Reservas
ARTICULO 117.- Los reservistas que habiendo pasado al activo, en caso de guerra obtuviesen un grado superior al de Capitán 1º, lo conservarán aún después de la desmovilización.
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REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (Reg_LSM)
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ARTICULO 117.- Los reservistas que habiendo pasado al activo, en caso de guerra obtuviesen un grado superior al de Capitán 1º, lo conservarán aún después de la desmovilización.