Reglamento [Reg_LSM]

Artículo 63 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

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REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (Reg_LSM)

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Artículo 63

CAPITULO VII - Del aplazamiento de incorporación

ARTICULO 63.- Los estudiantes deberán elevar sus solicitudes por conducto de las autoridades escolares correspondientes, quienes señalarán la situación y conducta del solicitante por medio de informe en el que consignarán además su parecer respecto de la conveniencia de conceder o negar el aplazamiento o su prórroga.

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