Reglamento [Reg_LSM]

Artículo 62 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

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Artículo 62

CAPITULO VII - Del aplazamiento de incorporación

ARTICULO 62.- Los que deseen obtener el aplazamiento de incorporación o su prórroga, deberán elevar solicitud a la Oficina Central del Reclutamiento, llevando los siguientes requisitos:

I.- Nombre y apellido paterno y materno;

II.- Matricula que les corresponde;

III.- Motivos en que fundan su solicitud;

IV.- Autorización de las personas que ejerzan la patria potestad o tutela;

V.- Pruebas por medio de las cuales se acredite hallarse en cualquier de los casos que prevé la Ley del Servicio Militar en su artículo 26.

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