Artículo 8o

CAPÍTULO II - DE LAS APORTACIONES · SECCIÓN PRIMERA - De las reglas básicas

Artículo 8o.- Las aportaciones para la prestación del servicio en alta tensión podrán incluir cargos por obra específica y, en su caso, por modificación, y no incluirán el cargo por ampliación.

Artículo reformado DOF 16-12-2011

Ver artículo Markdown

Relaciones del artículo 8o

Ampliar

  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 8o Llegan al 8o
Publicidad