Transitorios
Sexto. Para los efectos de lo establecido en el artículo 35 de este Reglamento se estará a lo dispuesto en el Artículo Décimo Noveno Transitorio del Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001.