Sexto. Para los efectos de lo establecido en el artículo 35 de este Reglamento se estará a lo dispuesto en el Artículo Décimo Noveno Transitorio del Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2001.
Reglamento [Reg_LSS_MACERF]
Artículo Transitorio Sexto de REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
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Ley reglamentada
Ley Del Seguro Social
[LSS]
Artículo citado
Artículo 35 de Reg_LSS_MACERF
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