Artículo 38.- Dentro de las veinticuatro horas previas al acto de presentación de las posturas, la Jefatura Delegacional de Servicios Administrativos convocante, podrá efectuar el registro de los participantes, así como realizar revisiones preliminares a la documentación distinta a su postura.
Lo anterior será optativo para los participantes, por lo que no se podrá impedir el acceso a quienes decidan presentar su documentación y su postura en la fecha, hora y lugar establecido para la celebración del citado acto.