Reglamento [Reg_LSS_RFARGFA]

Transitorio QUINTO de REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento (Reg_LSS_RFARGFA)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Transitorio QUINTO

Transitorios

QUINTO.- El Consejo Técnico deberá emitir las políticas y directrices a que se refiere el artículo 8 de este Reglamento, dentro de los noventa días posteriores a la entrada en vigor del mismo.

Ver artículo Markdown