Lectura de artículo · Reg_LSS_RFARGFA

Artículo Transitorio CUARTO

REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento

Transitorio CUARTO

Transitorios

CUARTO.- El Consejo Técnico expedirá el Manual a que se refiere el último párrafo del artículo 9 de este Reglamento, dentro de los treinta días posteriores a la entrada en vigor del presente ordenamiento.

En tanto se expide el referido Manual, se continuará aplicando lo dispuesto en los artículos 3 al 9 del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social.

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