Artículo 24. Para efectos del artículo 23 de la Ley, el importe no concentrado oportunamente y la Indemnización al Fisco Federal deberán concentrarse en forma simultánea en la Cuenta Corriente o en cualquier otra cuenta bancaria a nombre de la Tesorería que ésta determine, identificando claramente la cantidad correspondiente a los ingresos federales concentrados extemporáneamente, así como el monto correspondiente al pago de la Indemnización al Fisco Federal.
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Artículo 24 de REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación
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TÍTULO SEGUNDO - DE LAS FUNCIONES DE TESORERÍA · CAPÍTULO III - De la Recaudación
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