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Artículo 25

REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación

Artículo 25

TÍTULO SEGUNDO - DE LAS FUNCIONES DE TESORERÍA · CAPÍTULO III - De la Recaudación

Artículo 25. Para efectos del artículo 25 de la Ley, la devolución de las cantidades concentradas o enteradas en exceso se deberá pagar por la Tesorería en territorio nacional y en moneda nacional.

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