Reglamento [Reg_LTF]

Artículo Transitorio Quinto de REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación

Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.

Ver reglamento completo

Transitorio Quinto

Transitorios

Quinto. La Tesorería de la Federación podrá mantener las cuentas bancarias autorizadas o autorizar nuevas para que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal lleven a cabo la administración descentralizada de recursos, en términos del artículo 18, cuarto párrafo de la Ley, en tanto dicha administración se pueda realizar en forma centralizada.

Ver artículo Markdown

Buscar en este reglamento Por artículo o término

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación (Reg_LTF)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Formatos y archivos Markdown
Publicidad