Ley [124]
Artículo 30 de Ley Federal Del Mar
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Ley Federal Del Mar (124)
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Artículo 30.- Cuando una embarcación de guerra extranjera no cumpla las normas de esta Ley, de su Reglamento y de otras disposiciones legales nacionales relativas al paso por el Mar Territorial, y no acate la invitación que se le haga para que las cumpla, podrá exigírsele que salga inmediatamente del Mar Territorial mexicano.