Ley [157]
Artículo 17 de Ley Orgánica De La Universidad Autónoma Metropolitana
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 17.- El Rector General será sustituido en sus ausencias temporales por el Secretario General de la Universidad.
Ley [157]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 17.- El Rector General será sustituido en sus ausencias temporales por el Secretario General de la Universidad.