Ley [171]

Artículo 23 de Ley Orgánica Del Instituto Politécnico Nacional

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Ley Orgánica Del Instituto Politécnico Nacional (171)

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Artículo 23.- El Abogado General representará al Instituto Politécnico Nacional ante toda clase de autoridades y particulares, con las facultades que le delegue el Director General, sin perjuicio de que este conserve el ejercicio directo de las mismas. El Abogado General será nombrado por el Director General.

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