Lectura de artículo · 171

Artículo 25

Ley Orgánica Del Instituto Politécnico Nacional

Artículo 25.- El Consejo General Consultivo estará integrado por;

    I - El Director General del Instituto, como Presidente;
    II - El Secretario General del Instituto, como Secretario;
    III - Los Secretarios de Area;
    IV - Los Directores de Coordinación;
    V - El Abogado General;
    VI - El Presidente del Decanato;
    VII - Los Directores de las escuelas, centros y unidades de enseñanza y de investigación.
    VIII - Un representante profesor por cada una de las escuelas, centros y unidades de enseñanza media superior y un representante profesor por cada una de las escuelas, centros y unidades de enseñanza superior;
    IX - Tres representantes alumnos de enseñanza media superior, tres de enseñanza superior y uno de graduados por cada una de las siguientes ramas del conocimiento: Ciencias Sociales y Administrativas, Médico Biológicas y de Ingeniería y Ciencias Físico Matemáticas;
    X - El Director del Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional;

Fe de erratas a la fracción DOF

    XI - El Secretario Ejecutivo de la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional;

Fe de erratas a la fracción DOF

    XII - El Secretario Ejecutivo del Patronato de Obras e Instalaciones del Instituto Politécnico Nacional, y

Fe de erratas a la fracción DOF

    XIII - Un representante del personal docente y un representante del personal no docente designados por las secciones sindicales correspondientes.
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