Ley [171]

Artículo 30 de Ley Orgánica Del Instituto Politécnico Nacional

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 30.- El Director General, con acuerdo del Consejo General Consultivo establecerá las bases permanentes en el Reglamento Interno del Instituto Politécnico Nacional para la acreditación de los representantes profesores y representantes alumnos ante el propio Consejo General y los Consejos Técnicos Consultivos Escolares.

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