Ley [171]
Artículo 31 de Ley Orgánica Del Instituto Politécnico Nacional
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Ley Orgánica Del Instituto Politécnico Nacional (171)
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Artículo 31.- El Consejo General Consultivo y los Consejos Técnicos Consultivos Escolares celebrarán sesiones ordinarias, por lo menos una vez al mes y, extraordinarias cuando sus respectivos presidentes o la tercera parte de sus miembros lo consideren necesario. Sus decisiones se tomarán por mayoría de votos y el quórum se integrará con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros, en caso de empate el presidente tendrá voto de calidad.
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