Ley [211]
Artículo 17 de Ley Sobre El Contrato De Seguro
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 17.- La renovación tácita del contrato en ningún caso excederá de un año.
Ley [211]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 17.- La renovación tácita del contrato en ningún caso excederá de un año.