Ley [211]
Artículo 198 de Ley Sobre El Contrato De Seguro
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 198.- Podrá constituirse el seguro a favor de una tercera persona, expresando en la póliza el nombre, apellido y condiciones de la persona asegurada, o determinándola de algún otro modo indudable.
Artículo recorrido (antes artículo 187) DOF