Ley [211]

Artículo 198 de Ley Sobre El Contrato De Seguro

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 198.- Podrá constituirse el seguro a favor de una tercera persona, expresando en la póliza el nombre, apellido y condiciones de la persona asegurada, o determinándola de algún otro modo indudable.

Artículo recorrido (antes artículo 187) DOF

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