Ley [211]
Artículo 8° de Ley Sobre El Contrato De Seguro
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 8°.- El proponente estará obligado a declarar por escrito a la empresa aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato.
Fe de erratas al artículo DOF