Ley [218]

Artículo 1,202 de Ordenanza General De La Armada

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 1,202.- En caso de encontrarse reunidas varias insignias que pertenezcan a una misma nación, se saludará sólo la de mayor rango o antigüedad.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias