Ley [218]
Artículo 1,670 de Ordenanza General De La Armada
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Buscar artículo o término en esta ley
Ordenanza General De La Armada (218)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Artículos cercanos
Artículo 1,670.- Recibirá del Comandante en Jefe, diariamente, la seña y contraseña, que comunicará con la debida reserva a los Comandantes de los buques.