Ley [218]
Artículo 1,729 de Ordenanza General De La Armada
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Ordenanza General De La Armada (218)
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Artículo 1,729.- Dispondrá por conducto del Mayor de Ordenes, el servicio ordinario de todas sus dependencias, y dará conocimiento a éste del extraordinario que hubiere ordenado directamente, para que se consigne en el Detall respectivo.