Ley [218]
Artículo 1,791 de Ordenanza General De La Armada
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 1,791.- La embarcación que se envíe con parlamentarios al enemigo, largará siempre una bandera blanca a proa y la nacional a popa.
Ley [218]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 1,791.- La embarcación que se envíe con parlamentarios al enemigo, largará siempre una bandera blanca a proa y la nacional a popa.