Ley [218]
Artículo 325 de Ordenanza General De La Armada
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Ordenanza General De La Armada (218)
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Artículo 325.- Vigilará con particular esmero el arreglo y limpieza de los pañoles de su cargo, de los tanques de agua potable y de las sentinas de aquellos compartimientos que, perteneciendo a otros cargos, le fueren especialmente encomendados.