Ley [218]
Artículo 327 de Ordenanza General De La Armada
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 327.- Todos los días en puerto, una vez terminada la limpieza ordinaria, dará una vuelta alrededor del buque para cerciorarse de que éste presenta un aspecto exterior correcto hasta en los pequeños detalles.