Ley [218]
Artículo 425 de Ordenanza General De La Armada
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 425.- Revisará muy particularmente los cáncamos donde deban engancharse cuadernales o pastecas para la faena de izar o arriar grandes pesos, y se cerciorará de que las guías de rolete para las estachas y espías, así como las de las gateras, están siempre al corriente.