Artículo 159.- Para calificar los casos en que los asuntos son de urgente u obvia resolución se requieren las dos terceras partes de los votos presentes, de conformidad con los artículos 59 y 60 de este Reglamento.
Ley [219]
Artículo 159.- Para calificar los casos en que los asuntos son de urgente u obvia resolución se requieren las dos terceras partes de los votos presentes, de conformidad con los artículos 59 y 60 de este Reglamento.
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Reglamento Para El Gobierno Interior Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos (219)
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