Artículo 99.- Siempre que algún individuo de los que hayan pedido la palabra no estuviere presente en el salón cuando le toque hablar, se le colocará a lo último de su respectiva lista.
Ley [219]
Artículo 99.- Siempre que algún individuo de los que hayan pedido la palabra no estuviere presente en el salón cuando le toque hablar, se le colocará a lo último de su respectiva lista.
Navegación jurídica
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Reglamento Para El Gobierno Interior Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos (219)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.