Ley [CCom]

Artículo 1131 de Código De Comercio

Texto íntegro, referencias y ley completa.

LIBRO Quinto TÍTULO Primero CAPÍTULO VIII

Artículo 1131 .- La excepción de cosa juzgada, se resolverá en los términos del artículo de .

Artículo reformado DOF

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